La Ciudad de Buenos Aires se adhirió oficialmente a la Ley Pyme con el objeto de "sumar una herramienta fundamental para el desarrollo y crecimiento" de las pymes porteñas.
Luego de ser sancionada la Ley Nacional 27.264 "Programa de Recuperación Productiva", la legislatura porteña avanzó en el proyecto de adhesión. "Es de suma importancia para las pequeñas y medianas empresas".
En concreto, la Ciudad adhirió en lo referente a los Artículos 16, 34, 35 y 55, que establecen, la Estabilidad Fiscal, la creación de un Registro de Consultores MiPyME, la organización de una Red de Agencias de Desarrollo Productivo y la eximición del impuesto a los sellos de los Pagarés Bursátiles.
En efecto, la norma instituye en el Artículo 16: “Estabilidad fiscal. Las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas gozarán de estabilidad fiscal durante el plazo de vigencia establecido en el artículo anterior. Alcanza a todos los tributos, entendiéndose por tales los impuestos directos, tasas y contribuciones impositivas, que tengan como sujetos pasivos a las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas. Las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas no podrán ver incrementada su carga tributaria total, considerada en forma separada en cada jurisdicción determinada, en los ámbitos nacional, provinciales y municipales, siempre y cuando las provincias adhieran al presente Título, a través del dictado de una ley en la cual deberán invitar expresamente a las municipalidades de sus respectivas jurisdicciones a dictar las normas legales pertinentes en igual sentido”.
En tanto, el Artículo 34 determina “Registro de consultores MiPyME. Sustitúyase el artículo 38 de la ley 25.300, por el siguiente: Artículo 38: Créase el Registro de Consultores MiPyME en el que deberán inscribirse los profesionales que deseen ofrecer servicios mediante la utilización de instrumentos y programas de la Secretaría de Emprendedores y de la Pequeña y Mediana Empresa del Ministerio de Producción. La inscripción en dicho registro permanecerá abierta con carácter permanente para todos aquellos postulantes que reúnan los requisitos profesionales mínimos que, con carácter general, establezca la autoridad de aplicación. Las provincias y el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires podrán adherir al registro para incluir a todos los prestadores de servicios de asistencia técnica de la red”.
Por su parte, las disposiciones del Artículo 35 dispone la organización de una Red de Agencias de Desarrollo Productivo. Indica: "Sustituyese el artículo 13 de la ley 24.467, por el siguiente: Artículo 13: El Ministerio de Producción organizará una Red de Agencias de Desarrollo Productivo que tendrá por objeto brindar asistencia al sector empresarial en todo el territorio nacional y coordinar acciones tendientes al fortalecimiento del entramado institucional con el objetivo de alcanzar un desarrollo sustentable y acorde a las características de cada región.
Finalmente, el Artículo 55 propone con relación al Pagaré Bursátil. "Impuesto de sellos. Invitase a las provincias y a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a eximir de la aplicación del impuesto de sellos a los pagarés emitidos para la negociación en mercados de valores”.
Ley de fomento a las PyMEs
El proyecto enviado por el oficialismo y acordado con las distintas fuerzas políticas en el Congreso contempla las siguientes medidas:
1) Nuevo marco tributario para las PyMEs
- Eliminación de Ganancia Mínima Presunta.
- Compensación del Impuesto a Créditos y Débitos Bancarios.
- Pago del IVA a 90 días.
- Compensación de saldos vía bono fiscal.
- Simplificación administrativa vía AFIP.
2) Fomento a la inversiones
- Desgravación del impuesto a las ganancias, hasta el 10% de las inversiones realizadas.
- Crédito fiscal por el IVA de las inversiones
3) Programa de Recuperación Productiva
- Ayuda económica para PyMEs en crisis.
- Elevación de los montos de asistencia en un 50%.
- Simplificación del trámite administrativo.
4) Promoción de la Competitividad PyME
- Creación del Consejo de Competitividad PyME.
- Actualización anual de la definición PyME.
5) Más opciones de financiamiento
- Aumento de garantías, vía Fondo de Garantías PyME.
- Bonificación de tasas, considerando regiones desfavorables.
- Mejora de instrumentos financieros, como Pagaré y Obligaciones Negociables.